Denuncias por presuntos actos de corrupción en el municipio de Lebrija
Si usted quiere presentar una denuncia relacionada con posibles actos de corrupción presuntamente cometidos por servidores públicos del municipio de Lebrija en el desempeño de sus funciones, lo puede hacer a través del siguiente correo electrónico: controlinterno@lebrija-santander.gov.co
La persona encargada de atender las denuncias del municipio de Lebrija es la funcionaria Socorro Alvarez Torres, Jefe de control interno, a quien pueden ubicar en el teléfono (607)685 4900 ext: 154 o celular: 3153107379.
Si su denuncia es por presuntos actos de corrupción cometidos por servidores públicos no vinculados del municipio de Lebrija, deberá presentar la misma directamente ante la entidad a la que se encuentre vinculado el empleado o contratista.
GLOSARIO
Referendo: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.
Referendo Derogatorio: Un referendo derogatorio es el sometimiento de un acto legislativo de una ley, de una ordenanza, de un acuerdo o de una resolución local en alguna de sus partes o en su integridad, a consideración del pueblo para que éste decida si lo deroga o no.
Referendo Aprobatorio: Un referendo aprobatorio es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de acuerdo o de una resolución local, de iniciativa popular que no haya sido adoptado por la corporación pública correspondiente, a consideración del pueblo para que este decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente.
Revocatoria del Mandato: La revocatoria del mandato es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
El Plebiscito: El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.
Consulta Popular: La consulta popular es la institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.
Cabildo Abierto: El cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.