¿Qué es el control interno?
Es la oficina encargada de desarrollar las acciones necesarias que permitan el adecuado seguimiento y evaluación del Sistema de Control Interno Institucional en el municipio de Lebrija, en busca del mejoramiento continuo, la reingeniería y aplicación de las medidas necesarias para prevenir y mitigar los riesgos en el desarrollo de la gestión de la administración publica.
Funciones
a) Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno.
b) Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.
c) Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
d) Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad.
e) Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios.
f) Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados.
g) Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.
h) Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.
i) Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente.
j) Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del Control Interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.
k) Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas.
l) Las demás que le asigne el jefe del organismo o entidad, de acuerdo con el carácter de sus funciones.
PARÁGRAFO. En ningún caso, podrá el asesor, coordinador, auditor interno o quien haga sus veces, participar en los procedimientos administrativos de la entidad a través de autorizaciones o refrendaciones.
Descripción de funciones esenciales
1. Desarrollar instrumentos y estrategias orientadas a fomentar una cultura de autocontrol y de calidad que contribuyan al mejoramiento continuo en la prestación de los servicios propios de la Alcaldía Municipal de conformidad con la normatividad vigente y los procedimientos institucionales.
2. Diseñar los planes, métodos, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación del Sistema de Control Interno de la Alcaldía Municipal, con base en la normatividad y los lineamientos institucionales aplicables.
3. Apoyar a los funcionarios del Municipio en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno y mantener informado al Alcalde sobre la ejecución del Sistema teniendo en cuenta los procedimientos aplicables.
4. Coordinar y consolidar las respuestas a los requerimientos presentados por los organismos de control respecto de la gestión de la entidad de conformidad con la normatividad vigente, los lineamientos y procedimientos institucionales.
5. Realizar el Plan de Acción de la Oficina de Control Interno como resultado del diagnóstico de riesgo del Municipio
6. Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión Institucional de conformidad con la normatividad vigente y los procedimientos institucionales aplicables.
7. Desarrollar auditoría a los diferentes procesos misionales y de apoyo de acuerdo con las normas de auditoría legalmente aceptadas para examinar sus actividades y resultados de forma objetiva e independiente.
8. Apoyar a las dependencias de la Administración Municipal en el establecimiento de controles, prevención de riesgos y corrección oportuna de las desviaciones en el cumplimiento de las metas Institucionales propuestas.
9. Verificar la aplicación y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupción, racionalización de trámites y austeridad del gasto, entre otras materias, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gestión.
10. Liderar el seguimiento y evaluación periódica de la ejecución de los Planes de Acción Institucionales asociados al cumplimiento de las actividades de competencia de cada secretaría, de acuerdo con la normatividad y procedimientos aplicables.
11. Evaluar y hacer seguimiento a la Gestión de calidad, MECI y demás sistemas de gestión de acuerdo con las directrices institucionales y la normatividad vigente.
12. Atender y responder oportunamente los derechos de petición, las acciones de tutela que sean interpuestas por los ciudadanos y en general los asuntos de su competencia.
13. Reportar al Alcalde y a los Organismos de Control competentes, los posibles actos de corrupción e irregularidades que haya encontrado en el ejercicio de sus funciones.
14. Desempeñar las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y área de desempeño.